dictum: Dictum significa declaración, afirmación o pronunciamiento hecho por una autoridad (un juez, un experto, un líder), normalmente con cierto peso o autoridad moral. Dictum = declaración autorizada; en derecho, comentario judicial no vinculante.
En español puede traducirse como: dictamen, pronunciamiento, máxima, aforismo, observación autorizada.
Significado jurídico: En derecho anglosajón, dictum (o obiter dictum) es Una afirmación hecha por un juez que no es esencial para la decisión del caso. Es decir: No forma parte del ratio decidendi (la razón jurídica obligatoria). No es vinculante, pero puede ser persuasiva. A menudo aclara, comenta o contextualiza la sentencia.
The judge’s remark was considered an obiter dictum. → El comentario del juez se consideró un obiter dictum.
También puede referirse a: una frase célebre, una máxima moral, una sentencia breve con autoridad.
His favorite dictum was “knowledge is power”. → Su máxima favorita era “el conocimiento es poder”.